En los supuestos previstos en el Código Penal, las personas jurídicas son también penalmente responsables de los delitos cometidos, en el ejercicio de actividades sociales, y por cuenta y en provecho de las mismas, por quienes, estando sometidos a la autoridad de los representantes y administradores, han podido realizar los hechos, por no haberse ejercido sobre ellos el debido control, atendidas las concretas circunstancias del caso.

La responsabilidad penal de la persona jurídica se basa, por lo tanto, en la existencia de un defecto de organización en el seno de la empresa, que significa que no se han adoptado y ejecutado con eficacia, con anterioridad a la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y control para prevenir delitos o infracciones de la misma naturaleza de los que se han realizado

Tras la reforma del Código Penal, y en concreto tras la entrada en vigor, de la LO 1/2015 de Reforma del Código Penal, a partir de 1 de julio de 2015, la implantación del programa de «compliance» antes de la comisión del delito será causa de exención de responsabilidad penal para las empresas. Si la implantación es posterior, se considerará como circunstancia atenuante.

Desde ANADE, en colaboración con la red Moore le ayudamos a desarrollar e implantar el Corporate Compliance Program, a fin de eximirle de las responsabilidades penales que pudieran derivarse de las actividades realizadas por el personal de su Compañía.

Para ello contamos con un equipo multidisciplinar, compuesto por abogados, graduados sociales y auditores de cuentas, que analizaran las diversas áreas de la Compañía. Además gracias a que contamos con un amplio equipo de auditores y personal especializado en la red Moore, fruto de dicho análisis le propondremos los aspectos a de mejora en la gestión interna de la Compañía.

Los principales aspectos que se desarrollan en este proceso son los siguientes:

  • Análisis o en su caso elaboración del Código Ético de la Compañía.
  • Elaboración de la matriz de riesgos. Atendiendo al sector en el que opera nuestro cliente, a través del análisis de las diferentes áreas del negocio, realizamos la matriz de riesgo a fin de identificar las actividades en cuyo ámbito pueden ser cometidos delitos.
  • Protocolos de decisiones y actividades de control. Desarrollamos las diferentes actividades de control que mitigen los riesgos identificados.
  • Creación y mantenimiento del canal de denuncias o canal ético.
  • Realización de cursos de formación al personal en materia de Compliance.
  • Elaboración de informe sobre la eficicia operativa de los controles, a fin de demostrar que la Compañía aplica correctamente los controles. Con ello prevendremos la responsabilidad derivada del Make-up compliance o fake compliance.